Los jubilados y las personas con discapacidad no deberán acercarse a las oficinas municipales para realizar el trámite de eximición de tasas

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La Secretaría de Hacienda del Partido de Pergamino informa que los contribuyentes jubilados/pensionados que mediante expediente solicitaron el beneficio de eximición en el año 2019, y el mismo concluye o concluyó con resolución favorable, y no han concurrido a renovar la petición, obtendrán de oficio, su renovación para el ejercicio 2020. Lo mismo sucederá con los contribuyentes jubilados/pensionados con discapacidad o contribuyentes con discapacidad.
Por lo tanto, no deberán concurrir a las oficinas municipales. Serán informados mediante nota la aprobación del beneficio.

Asimismo, se aclara que los contribuyentes mencionados anteriormente que no han concurrido a iniciar expediente con la petición del año 2020, podrán realizarlo excepcionalmente en el año 2021, una vez finalizada la situación de emergencia sanitaria.

En tanto, los contribuyentes jubilados o pensionados que en el año 2019 (de octubre a diciembre) realizaron la eximición directa para el ejercicio 2020, obtendrán de oficio el beneficio por el año 2021.

Los objetos/inmuebles en donde se registre un cambio de contribuyente, no serán beneficiarios de las exenciones de oficio dispuestas; en este caso el contribuyente deberá demostrar que le sigue correspondiendo.

Los contribuyentes o responsables de los inmuebles que por variación en su situación, no serían beneficiaros de exención, deberán comunicar tal situación.

La Secretaría de Desarrollo Social e Innovación Social, a través de su equipo de asistentes sociales, realizará los informes socio económico de cada uno de los contribuyentes beneficiados.

Dirección de Comunicación y Prensa – PARTIDO DE PERGAMINO 06/10/2020